¿Puede negarse la empresa a que un trabajador aparque en sus instalaciones un patinete eléctrico?

¿Puede negarse la empresa a que un trabajador aparque en sus instalaciones un patinete eléctrico?

¿Puede negarse la empresa a que un trabajador aparque en sus instalaciones un patinete eléctrico?

El modo de transporte ha cambiado en los últimos años con la aparición de los patinetes eléctricos. El consumo de este medio de transporte se encuentra en constante crecimiento por la facilidad de su uso, el confort y el precio haciendo que el patinete eléctrico está tan de moda en nuestro país.

Esto lo demuestra el informe Brand Tacker de Tier Mobility con una encuesta de 2022 en más de 500 ciudades de 33 países europeos, resaltando España en el primer puesto con un 30% de la población española utilizando estos vehículos de micromovilidad. Es por ello que, muchos trabajadores, lo usan para desplazarse a su lugar de trabajo, pero ¿pueden aparcar el patinete dentro de la misma? ¿puede la empresa negarse a que un trabajador aparque su patinete eléctrico en las instalaciones?

Desde Lexlaborum Abogados, como especialistas en derecho laboral, en el artículo de hoy te explicamos si una empresa puede negarse a que un trabajador aparque el patinete dentro de sus instalaciones.

¿Puede una empresa no dejar aparcar el patinete eléctrico de un trabajador en las instalaciones de la misma?

Estos patinetes funcionan con baterías que en algunas ocasiones pueden llegar a sufrir desperfectos y pueden provocar sobrecargas o incluso pudiendo llegar a incendiarse.
Esto hace que en muchas ciudades españolas se hayan empezado a tomar medidas a raíz de la explosión de una batería de un patinete eléctrico en un vagón del metro de Madrid. Una de las medidas fue la prohibición de estos dispositivos en el transporte público, e incluso algunos seguros no cubren los daños que puedan causar.
Por ello, muchas empresas están comenzando a negar la entrada de patinetes en el edificio o guardarlos en sus instalaciones.

La empresa puede implantar una política interna que prohíba la entrada, almacenamiento o carga de los patinetes en sus instalaciones. Esta medida debe aparecer reflejada en los manuales de acogida, reglamentos internos elaborados en exclusiva para estos efectos, planes de prevención de riesgos laborales e incluso en los contratos de trabajo; esto se hace para que los empleados conozcan las condiciones de la empresa respecto a los patinetes eléctricos.

¿Qué sucede si un empleado incumple la norma y aparca su patinete eléctrico dentro de la empresa?

En el caso de que un trabajador conocedor de la norma, la incumple guardando o cargando el patinete eléctrico en el centro de trabajo, la organización podrá sancionarlo por desobediencia, acarreando una sanción. Lo más habitual es que sea considerada como una falta grave, pudiendo a llegar ser sancionada con suspensión de empleo y sueldo, pero debe consultarse con el convenio aplicable colectivo.

En conclusión, si la empresa introduce y comunica la norma acerca de los patinetes a los empleados y algún trabajador no la cumple, la empresa está en su derecho de aplicar la falta que considere.
Si tienes alguna duda con tu convenio colectivo aplicable o normativa empresarial, desde Lexlaborum Abogados estaremos encantados de ayudarte.

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